Archivo el 24/08/2020

“ANÁLISIS COMPARADO DE LOS PRINCIPIOS DEL ICoCA Y LOS DOCUMENTOS PARA LA SP EN COLOMBIA ”

  1. INTRODUCCION

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en Colombia, en adelante, SVYSP, ha asumido el reto de posicionar el respeto a los Derechos Humanos a través de la adopción de mecanismos que permitan avanzar en su cumplimiento y garantía, atendiendo los contenidos generales de la Constitución Política de Colombia, el Plan Nacional de Acción sobre Derechos Humanos y Empresas, así como los estándares internacionales como el Pacto Global y los Principios Voluntarios de Seguridad y Derechos Humanos.  Para tal fin, emite una política institucional[1] en  2018, que en su Artículo  TERCERO, enuncia que la misma ,  “trasciende el ámbito laboral interno de la Entidad, debe ampliar su ámbito de aplicación a los grupos con los que interactúa, como contratistas y proveedores, servicios de vigilancia y seguridad privada, gremios, ciudadanía en general, órganos de control, entidades públicas y medios de comunicación.”  Posteriormente, emite una Guía de Implementación de Conducta para Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada[2], que a la letra resalta es un documento de difusión del Código Internacional de Conducta de 2010.

El presente documento analiza el contenido del código internacional de Conducta ICoC  , con los tres documentos de aceptación mundial que cita la entidad colombiana como referencia de su política institucional en DDHH y cuatro documentos emitidos por la SVYSP posteriores al ICoC , con el fin de relacionar sus contenidos y establecer la influencia de los mismos en los códigos de conducta de las empresas de Seguridad Privada en Colombia.

  • ANALISIS

Sobre el desarrollo de los Derechos humanos en el mundo y su relación con las empresas de Seguridad Privada, se pueden citar tres documentos que reflejan la doctrina existente según su aparición cronológica en el contexto internacional, y que por tanto han servido como referente a la industria de la Seguridad Privada, y en particular a la que se desenvuelve en Colombia:  Los principios del Pacto Global de las Naciones Unidas del 2000,  a la cúal se adhirió Colombia en 2017, los principios Voluntarios en Seguridad y Derechos Humanos de 2008 [3]   y los principios rectores para las empresas y los derechos humanos de 2011[4]

La SVYSP como miembro del Pacto Global,  asume el compromiso de los DDHH en el sector como un componente de la gestión responsable y diligente de los servicios de VYSP,   por tanto en 2016 se expide una circular [5]con parámetros sobre protección  de DDHH Y RS, a partir de ICoC  y el informe anual del consejo de DH de UN. Para este ente de Control , es importante que el sector avance hacia una mayor igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres, donde las condiciones para asumir un cargo se basen en los méritos y habilidades de las personas, Independientemente de su género, condición social o edad por lo cúal en 2018 publica la Cartilla de equidad de Género, como parte de la campaña homónima.[6]

Sin duda, la intención de la Supervigilancia de promulgar que sus vigilados, los operadores de SP, promulguen y apliquen un Código de Conducta viene del conocimiento y difusión del Código Internacional de Conducta para Proveedores de Servicios de Seguridad Privada, ICoCA. (http://icoca.ch/). Por tanto la Guía de implementación, está basada en estándares internacionales de conducta y prestación responsable del servicio de la seguridad privada, con miras a procurar el Estado de Derecho, la garantía de los Derechos Humanos y principios del Derecho Internacional Humanitario, estableciendo criterios regulatorios que le permitan al gremio actuar con la debida diligencia para evitar atentar contra los derechos de terceros. Igualmente la Superintendencia pretende promover la adhesión voluntaria de las empresas de vigilancia que operan en el país, generando que los servicios de vigilancia se comprometan a operar dentro del respeto y el apoyo al Estado de Derecho y la protección de los intereses de sus clientes, a partir de la apropiación de los principios contenidos en la guía y la adopción de una serie de compromisos y  medidas internas.

A pesar de que actualmente solo dos empresas de seguridad colombianas son signatarias del ICoC , las empresas colombianas que acuden al llamado de la Superintendencia de emitir su propio Código va en aumento toda vez que se constituye en herramienta para solucionar varios de los inconvenientes que se presentan en la contratación de estos servicios, y redunda en beneficio directo de los usuarios de la seguridad privada.

Algunas de las materias reguladas en el ICoC  son: Compromisos que deberán asumir las empresas, Reglas para el uso de la fuerza, Requisitos para la contratación de personal, Comprobación de antecedentes, No discriminación en la contratación, La formación del personal, El control de armas, Entrenamiento para armas de fuego, El entorno de trabajo seguro y saludable, El acoso, Procedimientos de reclamación ante requerimientos del personal y de terceros.

En la tabla siguiente se hace un análisis del origen y presencia de estos principios de conducta en los diferentes documentos, incluyendo de manera especial los emitidos por el ente de vigilancia y control en Colombia. Se pretende ofrecer una herramienta de reconocimiento que sea útil para los profesionales de seguridad y las empresas que decidan adoptar su propio código de conducta, a partir de los requisitos en materia de derechos humanos dentro del área de debida diligencia y cumplimiento legal. 

El código ICoC  tiene una relación con los dos primeros principios del Pacto Global , sobre el respeto de la protección de los derechos humanos, y el aseguramiento de no ser cómplice de la vulneración de los mismos. 

En cuanto a los Principios Voluntarios de Seguridad, es más notoria la relación en especial lo relacionado con el Uso de la Fuerza,  la detención y el arresto, tortura y malos tratos, pero se debe diferenciar cuando se trata de violaciones a los DDHH por parte de la seguridad del Estado y cuando se trata de violaciones de las empresas de seguridad Privada, teniendo presente que el documento consultado, la Guía de Implementación de los PV de 2008, diferencia estos dos actores.

Sobre el Marco de las naciones unidas para las empresas y los DDHH, es importante resaltar que solo algunos principios de los expresados en el documento se relacionan con el ICoC, estos son el 6, el 7, sobre la explotación sexual y el abuso de violencia de género,  el 11  y el 30, sobre la conducta de las empresas con respecto al respeto y trato humano para con las personas.

En cuanto a los documentos nacionales de la SVYSP se entiende que tanto en lineamientos de DDHH y RS de 2016  como en la política institucional de 2018, no exista mayor referencia con el ICoC , pues abarca aspectos más relacionados con la gestión de los mismos al interior de la entidad, aunque la misma superintendencia reconoce que el alcance se amplía a las partes interesadas entre ellas los controlados, o sea los proveedores de SP.

Mención especial merece la Campaña de Equidad de Género, pues no existe referencia en la Guía del Código Internacional, lo que resulta sorprendente, pues este documento nacional se fundamenta en la Política Nacional de DDHH emitida por el gobierno dos años antes.

Finalmente, el último documento comparado, la Guía para implementación de conducta es una cita textual y completa del ICoC , según lo expresa la misma Superintendencia de Vigilancia.

  1. CONCLUSIONES

Los códigos de conducta de las empresas de Seguridad Privada en Colombia, las cuales son Vigiladas por la Supervigilancia SVYSP, tienen documentos internacionales reconocidos y amplios para implementar la protección y respeto por los DDHH en sus operaciones, y una política y directrices emitidas por el ente de control, que le permitan incorporarla en sus Códigos de Conducta.

Esta elaboración de los Códigos se da de manera individual, sin que se haya establecido un código único al cual adherirse, como lo han hecho las empresas de carácter multinacional o de los diferentes países al ICoC A. Lo anterior, se puede verificar en el buscador del  portal de la Supervigilancia,  donde se puede apreciar la gran variedad de formatos y contenidos de los mismos:  https://www.supervigilancia.gov.co/buscar/?q=codigo+de+conducta

Ya que la Guía de Implementación de Conducta es una citación exacta del ICoC , no aporta elementos prácticos para llevarla a cabo, dejando en libertad a las empresas de desarrollar sus códigos de ética como mejor les parezca, con una oportunidad en determinados casos de incluir otros lineamientos de derechos humanos más allá del código internacional.

Cronológicamente el ICoC debería aportar a todos los documentos comparados en el presente trabajo, tanto internacionales como nacionales. A pesar de que se percibe que no sucedió así, y aunque no es el objetivo de este ensayo establecer las razones, existe una gran probabilidad que se deba al tardío reconocimiento de la importancia del Código Internacional de Conducta para la seguridad Privada, así como   

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Alerta Internacional, 2008, indicadores de desempeño, disponible en  https://www.international-alert.org/publications/principios-voluntarios-en-seguridad-y-derechos-humanos

Humanrights org, 2008 , Principios Voluntarios de -seguridad y derechos humanos, Guía orientativa de implementación, https://www.business-humanrights.org/sites/default/files/documents/Gu%C3%ADa%20ICMM-CICR-IFC-IPIECA%20VPSHR.pdf

ICoC A, Código internacional de conducta para Empresas de Seguridad Privada, disponible en  http://ICoC a.ch/

Naciones Unidas, oficina del alto comisionado para los derechos humanos , 2011, disponible en https://www.ohchr.org/documents/publications/guidingprinciplesbusinesshr_sp.pdf

SUPERVIGILANCIA , Colombia, Lineamientos de DDHH y Responsabilidad Social, disponible y consultada el 20 abril de 2020 en  https://www.supervigilancia.gov.co/publicaciones/6628/derechos-humanos/

SUPERVIGILANCIA , Colombia, 2018. Política institucional de Derechos humanos, consultado el 20abril de 2020, en  https://www.supervigilancia.gov.co/publicaciones/6438/politica-institucional-de-derechos-humanos/

SUPERVIGILANCIA , Colombia, 2017, Guía de implementación de Conducta para servicios de vigilancia y seguridad privada, consultado el 15 abril de 2020 en  https://www.supervigilancia.gov.co/publicaciones/5455/guia-de-implementacion-de-conducta-para-servicios-de-vigilancia-y-seguridad-privada/

SUPERVIGILANCIA , Colombia Lineamientos de DDHH y Responsabilidad social, disponible en  https://www.supervigilancia.gov.co/publicaciones/1189/circular-20167000000235-lineamientos-de-ddhh-y-responsabilidad-social/


[1] https://www.supervigilancia.gov.co/publicaciones/6438/politica-institucional-de-derechos-humanos/

[2] https://www.supervigilancia.gov.co/publicaciones/5455/guia-de-implementacion-de-conducta-para-servicios-de-vigilancia-y-seguridad-privada/

[3] https://www.international-alert.org/publications/principios-voluntarios-en-seguridad-y-derechos-humanos

[4] https://www.ohchr.org/documents/publications/guidingprinciplesbusinesshr_sp.pdf

[5] https://www.supervigilancia.gov.co/publicaciones/1189/circular-20167000000235-lineamientos-de-ddhh-y-responsabilidad-social/

[6] https://www.supervigilancia.gov.co/publicaciones/6396/cartilla-equidad-de-genero/

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